Por Fernando E. Alvarado
En el otoño de 1618, la ciudad holandesa de Dordrecht se convirtió en el escenario de uno de los dramas teológicos más intensos de la modernidad temprana. El Sínodo de Dort reunió a delegados de toda la Europa reformada para zanjar una controversia que desgarraba a las iglesias neerlandesas. Frente a ellos se sentaba un grupo de pastores y teólogos que habían osado cuestionar la doctrina calvinista de la predestinación absoluta. Eran los remonstrantes, herederos de Jacobo Arminio, y su portavoz más brillante era Simón Episcopio. De todas sus discrepancias con la ortodoxia confesional, quizá ninguna resultaba tan existencialmente turbadora como su manera de entender el pecado original. Porque aquí no se discutía una abstracción: se discutía si un recién nacido podía ser, ya, objeto de la ira divina.

Un teólogo contra la corriente
Episcopio (1583-1643) había recibido el manto de Arminio como líder intelectual del movimiento, y cargaba con la responsabilidad de articular una alternativa teológica que no se dejara atrapar en los extremos. Por un lado, no podía aceptar la idea calvinista de que en Adán toda la humanidad había pecado de tal modo que cada persona venía al mundo con una culpa merecedora de condenación eterna. Por otro lado, se negaba a ceder a una visión ingenua que negara el daño profundo de la caída. Su propuesta, esparcida en obras como la Confessio sive Declaratio (1622) y las póstumas Institutiones Theologicae (1650), buscó un camino intermedio que muchos de sus contemporáneos juzgaron peligrosamente cercano al pelagianismo. Sin embargo, leída con empatía, su teología revela un corazón pastoral que se rebela ante la imagen de un Dios que condena por un delito ajeno.
En el clima de los Cánones de Dort, donde se afirmaba que la corrupción se propagaba por generación y hacía a los niños “hijos de ira” (Efesios 2:3), Episcopio alzó una voz disidente. Lo que propuso no fue una negación del pecado original, sino su reinterpretación radical: la caída no produce herederos de culpa, sino herederos de una herida.
El gesto más audaz de Episcopio consistió en desmontar la imputación inmediata de la culpa de Adán. Para la teología federal calvinista, Dios había establecido un pacto con el primer hombre como representante de todo el género humano; cuando Adán pecó, todos pecaron “en él” (Romanos 5:12) y, por tanto, todos nacen con un reato, una obligación de padecer la pena eterna. Episcopio leyó la Escritura con otros ojos. Romanos 5:12 —“en quien todos pecaron”— no podía significar una participación voluntaria y real en la transgresión de un ancestro remoto. La justicia de Dios, insistía, se opone a que alguien sea tratado como reo por un acto que no ha cometido (Deuteronomio 24:16; Ezequiel 18:20). Si el profeta Ezequiel anunciaba que el hijo no cargaría con la iniquidad del padre (Ezequiel 18:20), ¿cómo podía un Dios justo imputar a millones de almas el bocado de una fruta miles de años atrás?
Así, Episcopio introdujo una distinción crucial entre el peccatum originans —el acto mismo de Adán, que solo a él pertenece como culpa— y el peccatum originatum —la condición derivada que heredamos. Esta condición no es culpa. Es un languor, un morbus, una vitium hereditario. El ser humano no nace reo ante el tribunal divino; nace enfermo en un hospital. Lo que se transmite de padres a hijos no es la responsabilidad penal de aquel primer pecado, sino la consecuencia indirecta: la privación de los dones sobrenaturales, la concupiscencia desordenada (Romanos 7:8), la inclinación casi magnética hacia el mal y, sobre todo, la mortalidad (Romanos 5:12; 1 Corintios 15:22). El pecado original, en su sentido más íntimo, es ausencia de salud, no presencia de delito.
Esta metáfora medicinal es deliberada. Episcopio quería sustituir el lenguaje forense de la imputación por un lenguaje terapéutico de la restauración. La gracia ya no sería la sentencia de un juez que absuelve a un criminal, sino la medicina que sana a un paciente (Mateo 9:12; Lucas 5:31). Y el paciente, aunque débil, conserva algo fundamental: la capacidad de decir sí o no.
Y es aquí tocamos la segunda columna de su edificio. Frente a la doctrina de la depravación total —que afirmaba la muerte espiritual del hombre y su absoluta incapacidad de cooperar con la gracia—, Episcopio sostuvo que la caída no destruye la libertad esencial. El ser humano, aun con sus huesos quebrados, puede extender la mano hacia el médico (Apocalipsis 3:20). La corrupción heredada inclina poderosamente al pecado, pero no coacciona (Deuteronomio 30:19). Con palabras que resonarían siglos después en los avivamientos metodistas, Episcopio enseñó que Dios concede a todos, sin excepción, una gracia suficiente y preveniente (Tito 2:11). Esa gracia no anula la voluntad, sino que la despierta, la ilumina y la capacita para que, si quiere, coopere libremente.
Por eso, la condenación nunca es fruto de la culpa adámica imputada, sino del consentimiento personal al mal frente a la luz recibida (Juan 3:19). En esta visión, el juicio divino se vuelve inteligible: Dios no castiga a nadie por lo que Adán hizo; castiga —si hemos de usar esa palabra— a quien rechaza la mano que se le tiende (Juan 5:40). La justicia divina queda salvaguardada, y también la bondad, porque ese Dios “quiere que todos los hombres se salven” (1 Timoteo 2:4) y no ha creado una masa de réprobos ya sentenciados antes de nacer (Ezequiel 33:11; 2 Pedro 3:9).

El destino de los que no pecaron
Quizá el punto donde la teología de Episcopio adquiere mayor densidad pastoral es el destino de los niños que mueren sin bautismo. La ortodoxia calvinista, siguiendo a Agustín, no temía afirmar que también los infantes estaban bajo la ira de Dios por el solo pecado original y podían ser justamente condenados. Episcopio juzgó esto no solo teológicamente incoherente, sino humanamente insoportable. Si los niños no han cometido pecado actual alguno, si no se les puede imputar la culpa de Adán (Ezequiel 18:20), ¿cómo podrían ser objeto de castigo eterno?
Su respuesta fue cauta pero compasiva. Los niños, al carecer de culpa personal, no son condenados. Quizá quedan en un estado de privación de la visión beatífica —una especie de limbo no punitivo—, o quizá, y esto parece insinuar su pensamiento más esperanzado, Dios les aplica la misericordia de Cristo de un modo especial que escapa a nuestra sistematización (Mateo 19:14). Lo que Episcopio niega rotundamente es que mueran como objetos de la cólera divina. El teólogo holandés no pretendía resolver el misterio, sino alejar de Dios la sombra de una crueldad arbitraria. Su Dios no es un soberano que exige sufrimiento por deudas contraídas antes de nacer; es un médico que, al encontrar a un recién nacido ya herido, se inclina para curarlo, no para juzgarlo (Éxodo 15:26; Salmo 103:2-3).
Para sostener esta visión, Episcopio desplegó una exégesis que buscaba devolver la coherencia interna a la narración bíblica. Génesis 18:25 (“¿No hará justicia el Juez de toda la tierra?”) se convertía en el estribillo de su argumento. Ezequiel 18:20 (“el hijo no llevará el pecado del padre”) funcionaba como un correctivo directo a la idea de una imputación transgeneracional de culpa. Y Romanos 5:12, lejos de probar la representación federal, describía un hecho empírico: todos mueren porque todos, siguiendo la corriente de corrupción que brotó de Adán, acaban pecando por sí mismos (Romanos 3:23). La causalidad era ejemplar y orgánica, no legal. Adán era el tronco enfermo del que manaba una savia viciada; no el firmante de un contrato que hipotecaba la voluntad de sus descendientes.
Detrás de esta exégesis había una convicción filosófica y espiritual: la bondad de Dios es incompatible con la creación de seres humanos que ya están, desde el primer latido, bajo sentencia de muerte eterna (Sabiduría 1:13; Ezequiel 33:11). Si el pecado original se entiende como culpa imputada, la justificación se convierte en un trueque de imputaciones —la culpa a Cristo, la justicia a nosotros— que, para Episcopio, amenazaba con vaciar el sentido de la transformación real del creyente (Romanos 6:4; 2 Corintios 5:17). En cambio, si el pecado original es una enfermedad, la salvación es una sanación, y el creyente es llamado no a una ficción legal, sino a un proceso real de restauración de la imagen divina (Colosenses 3:10; Efesios 4:22-24).
Afortunadamente, la teología de Episcopio no se quedó en las aulas de Leiden. Su discípulo Philipp van Limborch la sistematizó y la extendió por Europa. En el siglo XVIII, John Wesley, el padre del metodismo, bebió de esas mismas fuentes arminianas y modeló una soteriología que, sin ser idéntica, conservaba el espíritu esencial: corrupción hereditaria, sí, pero sin culpa imputada; libertad restaurable por gracia universal; llamada a la santidad como verdadera cura del alma. Aquella intuición de Episcopio —que el pecado original es un mal que nos inclina pero no nos define como reos ante el tribunal divino— se infiltró silenciosamente en el cristianismo evangélico posterior, atenuando los tonos más sombríos del calvinismo clásico.
Sus críticos lo acusaron de semipelagianismo, de suavizar la gravedad del pecado y de socavar la necesidad absoluta de la regeneración. Pero Episcopio no pensaba que estuviera rebajando el diagnóstico; más bien, creía estar señalando la enfermedad correcta para poder aplicar la medicina correcta. No se cura a un enfermo declarándolo culpable, sino reconociendo su dolencia y ofreciéndole el remedio (Marcos 2:17). Su gran legado fue una teología que tomaba en serio la catástrofe de la caída sin convertir a Dios en el carcelero de recién nacidos, y que tomaba en serio la libertad humana sin convertir al hombre en el salvador de sí mismo.

Un Dios de justicia y ternura
Releer a Simón Episcopio hoy, en un mundo que con frecuencia rechaza el cristianismo por percibirlo como un sistema de culpa heredada y condenación injusta, puede resultar sorprendentemente sanador. Su teología del pecado original nos recuerda que la tradición cristiana es más polifónica de lo que admiten los manuales de ortodoxia. Hubo, hay, voces que se negaron a creer que el Evangelio comenzara con una acusación contra los que aún no han aprendido a balbucear. Hubo, hay, voces que defendieron que la culpa no se hereda, que la justicia divina no es una imputación forense de un delito ancestral, y que la gracia es, ante todo, una mano tendida a una humanidad enferma, no a una humanidad delincuente (Mateo 9:13; 1 Timoteo 1:15).
Episcopio murió en 1643, dos años antes del Sínodo de Westminster, que consolidaría la visión federal de la imputación en el mundo anglosajón. Pero su pregunta sigue vibrando en los pasillos de la teología: ¿se puede anunciar a un Dios justo y bueno manteniendo que millones de almas nacen bajo su ira por el gesto de un hombre que vivió en el alba de los tiempos? La respuesta de Episcopio fue un apasionado “no”. Y al decir no, nos dejó la imagen de un Dios que, antes que juez severo, es médico compasivo (Éxodo 15:26; Salmo 103:3), y de un pecado original que, antes que culpa inexpiable, es herida que necesita sanación.

Referencias
- De Jong, Peter Y., ed. Crisis in the Reformed Churches: Essays in Commemoration of the Great Synod of Dort, 1618-1619. Grand Rapids: Reformed Fellowship, 1968.
- Episcopius, Simon. The Works of Simon Episcopius, Sometime Professor of Divinity in the University of Leyden. Translated by J. Nichols. Vols. 1-2. London: Thomas Tegg, 1825.
- Episcopius, Simon. The Arminian Confession of 1621. Edited and translated by Mark A. Ellis. Eugene, OR: Pickwick Publications, 2005.
- McCall, Thomas H., and Keith D. Stanglin. After Arminius: A Historical Introduction to Arminian Theology. Oxford: Oxford University Press, 2021.
- Olson, Roger E. Arminian Theology: Myths and Realities. Downers Grove, IL: InterVarsity Press, 2006.