Por Fernando E. Alvarado.
Hay doctrinas que nadie se atreve a llamar herejía pero que, ciertamente, lo son. La expiación limitada es una de esas doctrinas. Dicha enseñanza sostiene que Cristo murió solo por los elegidos, es decir, por aquellos que Dios predestinó para ser salvos, y no por toda la humanidad. Pero ¿Por qué deberíamos considerar dicha enseñanza como una herejía? Hay por lo menos 3 razones principales: (1) es antibíblica; (2) es cruel e injusta y (3) es diabólica en sus consecuencias.

La doctrina es antibíblica
- Cristo murió por todos los seres humanos: La Biblia enseña que la expiación de Cristo es universal, no limitada solo a un grupo específico. Por ejemplo, en 1 Juan 2:2, dice: «Él es la propiciación por nuestros pecados, y no solo por los nuestros, sino también por los de todo el mundo». Dicho versículo subraya que Jesús murió no solo por los elegidos, sino por todos, lo que contradice la idea de una expiación limitada.
- Dios quiere que todos se salven: En 1 Timoteo 2:4, se dice que Dios «quiere que todos los hombres sean salvos y vengan al conocimiento de la verdad». Si Dios quiere que todos se salven, la expiación limitada implicaría una contradicción con el deseo revelado de Dios. Juan 3:16 nos dice: «Porque de tal manera amó Dios al mundo, que ha dado a su Hijo unigénito, para que todo aquel que en él cree, no se pierda, mas tenga vida eterna». Jesús fue claro al afirmar que el amor de Dios y la obra de Cristo se extiende a «todo aquel» que cree, sin distinción ni limitación a un grupo exclusivo.

La doctrina es cruel e injusta
- Implicaciones morales: Si la expiación fuera limitada, significaría que Dios creó a ciertas personas sin ninguna oportunidad real de ser salvas, condenándolas desde antes de nacer. Esto presenta un retrato de Dios como arbitrario y cruel, algo que contradice la imagen bíblica de un Dios de amor y justicia. 1 Juan 4:8 declara: «Dios es amor». Un Dios amoroso no actuaría de manera injusta al dar gracia solo a algunos y no a todos.
- Libre albedrío y responsabilidad: La expiación limitada anula el concepto de libre albedrío, ya que implica que la decisión sobre quién será salvo ya está determinada, independientemente de la voluntad o acciones de las personas. En este sentido, la doctrina deshumaniza a aquellos que no son elegidos, tratándolos como meros objetos de condenación sin posibilidad de redención.
- Contradice la justicia divina: Si la salvación no está disponible para todos, entonces la justicia de Dios sería cuestionable. En Ezequiel 18:23, Dios dice: «¿Acaso quiero yo la muerte del impío? No, sino que se vuelva de su camino y viva». De la boca del mismo Dios sabemos que Él no se deleita en la condenación de los pecadores, lo cual es inconsistente con la idea de que algunos están destinados irrevocablemente al infierno.

La doctrina es «diabólica» en sus consecuencias
- Divide a la humanidad: La expiación limitada crea una división arbitraria entre los que pueden ser salvos y los que están condenados sin remedio. Esta división no está basada en el amor, la fe, o el arrepentimiento, sino en una decisión divina insondable, lo cual podría fomentar la desesperanza y la desesperación entre aquellos que creen no estar entre los elegidos.
- Fomenta el elitismo espiritual: Si la expiación está limitada a unos pocos, puede dar lugar a un sentido de superioridad en los creyentes que se ven a sí mismos como parte de ese grupo exclusivo. Tal perspectiva va en contra de las enseñanzas de humildad y servicio a los demás que Cristo promovió, como se expresa en Mateo 23:11-12: «El mayor de vosotros será vuestro siervo».
- Distorsiona el mensaje del Evangelio: El Evangelio es un mensaje de buenas noticias para todos los seres humanos. Si la expiación está limitada, esto transforma el Evangelio en un mensaje de esperanza solo para algunos, mientras que otros quedan fuera de la gracia. Tal concepción contradice la invitación abierta de Cristo en Mateo 11:28, donde dice: «Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar».
¿Entiendes por qué la doctrina de la expiación limitada merece ser llamada herejía aunque la defiendan teólogos respetables? Repasemos lo aprendido: La doctrina de la expiación limitada es antibíblica porque contradice varios pasajes que subrayan la oferta universal de la salvación. Además, desde una perspectiva lógica y ética, esta doctrina presenta una imagen de Dios como arbitrario y cruel, lo que va en contra del carácter amoroso y justo que la Biblia revela sobre Dios. ¿Basta todo eso para considerarla herejía? Sí, es más que suficiente. Y no necesitamos que ningún concilio o sínodo lo diga, aunque ¿sabes qué? Ya un sínodo tuvo el valor de decirlo.

En 1672, un sínodo de obispos ortodoxos se reunió en Jerusalén para responder a la Confesión de Cirilo Lucaris de 1629, en la cual abrazaba las doctrinas calvinistas con el propósito de conseguir el apoyo de los protestantes en contra del catolicismo romano. Pero ¿Quién era el tal Cirilo? Cirilo Lucaris (o Cyril Lucaris) fue un destacado patriarca ortodoxo de Alejandría y de Constantinopla, nacido en Candía, Creta, el 13 de noviembre de 1572 y fallecido el 27 de junio de 1638. La ya mencionada Confesión de 1629 le valió a Cirilo para que su figura aún hoy sea conocida por sus intentos de reformar la Iglesia Ortodoxa Griega bajo la influencia de la teología calvinista, lo que lo convierte en una figura controvertida tanto en la historia de la Iglesia ortodoxa como en los conflictos religiosos del siglo XVII.
Ante la amenaza de herejía en sus filas, el Sínodo de Jerusalén (1672) rechazó rotundamente la teología calvinista y redactó una declaración formal conocida como la Confesión de Dositeo, la cual rápidamente adquirió el estatus de ser la postura definitiva de la Ortodoxia sobre la teología calvinista o reformada. La respuesta ortodoxa llegaba en una época en la cual el calvinismo era ya un movimiento religioso maduro: Ciento ocho años habían transcurrido desde la muerte de Juan Calvino y las iglesias de tradición reformada habían ya redactado dos de sus más importantes declaraciones doctrinales: los Cánones de Dort (1619) y la Confesión de Westminster (1646).
A diferencia de los protestantes no calvinistas, los obispos ortodoxos no dudaron en calificar al calvinismo de herejía. A diferencia del calvinismo que enseña la elección incondicional, la Ortodoxia sostuvo (y lo hace hasta nuestros días) que la humanidad retuvo la capacidad de libre albedrío después de la Caída y que Dios en su omnisciencia sabía de antemano cómo cada persona ejercería su libre albedrío. El Decreto III de la Confesión de Dositeo afirma:
DECRETO III:
«Creemos que el Dios bondadosísimo ha predestinado desde la eternidad a la gloria a los que ha elegido, y ha entregado a la condenación a los que ha rechazado; pero no de modo que justifique a los unos y consigne y condene a los otros sin causa ya que eso sería contrario a la naturaleza de Dios, que es el Padre común de todos, no hace acepción de personas, y quiere que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la verdad (1 Timoteo 2, 4). Sin embargo, como sabía de antemano que unos harían un uso correcto de su libre albedrío, y los otros un uso incorrecto, predestinó a unos y condenó a los otros. A su vez, entendemos el uso del libre albedrío de esta manera: que la gracia divina e iluminadora — y que llamamos gracia preventiva — siendo, como una luz para los que están en las tinieblas, por la bondad divina impartida a todos, a los que están dispuestos a obedecer esto — porque es de uso sólo para los dispuestos, no para los no dispuestos — y cooperar con ella, en lo que requiere como necesario para la salvación, hay consecuentemente concedido gracia particular. Esta gracia coopera con nosotros, y nos capacita, y nos hace perseverar en el amor de Dios, es decir, en la realización de aquellas cosas buenas que Dios quiere que hagamos, y que su gracia preventiva nos amonesta que hagamos, nos justifica, y nos hace predestinados. Pero los que no quieren obedecer y cooperar con la gracia y, por lo tanto, no observan las cosas que Dios quiere que hagamos, y abusan al servicio de Satanás del libre albedrío que han recibido de Dios para realizar voluntariamente lo que es bueno, son consignados a la condenación eterna.»
«Pero decir, como hacen los más perversos herejes y como se contiene en el capítulo de la Confesión de pseudo Cirilo al que responde esto, que Dios, al predestinar o condenar, no consideró en modo alguno las obras de los predestinados o condenados, sabemos que es profano e impío. Porque así la Escritura se opondría a sí misma, ya que promete al creyente la salvación por medio de las obras, y sin embargo supone que Dios es su único autor, por su única gracia iluminadora, que otorga sin obras precedentes, para mostrar al hombre la verdad de las cosas divinas, y enseñarle cómo puede cooperar con ella, si quiere, y hacer lo que es bueno y aceptable, y así obtener la salvación. No le quita el poder de querer, de querer obedecerle o no obedecerle.»
«Pero que afirmar que la Voluntad Divina es así únicamente y sin causa el autor de su condenación, ¿qué mayor difamación puede afirmarse sobre Dios? y ¿qué mayor injuria y blasfemia puede ofrecerse al Altísimo? Sabemos que la Deidad no es tentada por los males, (cf. Santiago 1:13) y que quiere igualmente la salvación de todos, ya que no hay acepción de personas con Él. Confesamos que para aquellos que por su propia elección malvada, y su corazón impenitente, se han convertido en vasos de deshonra, hay una condena justamente decretada. Pero del castigo eterno, de la crueldad, de la falta de piedad y de la inhumanidad, nunca, nunca decimos que Dios es el autor, quien nos dice que hay alegría en el cielo por un pecador que se arrepiente. (Lucas 15:7) Lejos de nosotros, mientras tengamos nuestros sentidos, creer o pensar esto; y sometemos a un anatema eterno a quienes dicen y piensan tales cosas, y los consideramos peores que cualquier infiel.»
Nótese que la Confesión de Dositeo afirma claramente que creer en la predestinación según el modelo calvinista es propio de «los más perversos herejes.» A estos califica no solo de hereje, sino que los somete al anatema y los considera «peores que cualquier infiel» por muchas de sus afirmaciones particularmente difamatorias del carácter de Dios.
El Sínodo de Jerusalén entendió, además, lo que muchos calvinistas hoy se niegan a entender: que el sinergismo, y no el monergismo, es descrito como la forma en la cual Dios ejecuta la salvación del hombre. En la Ortodoxia el libre albedrío humano es la base de la doctrina de la sinergia (cooperación humana con la gracia divina) y esta funciona en todas las personas con dos resultados diferentes: la salvación o la condenación. Esto queda claramente definido en el Decreto XIV.

DECRETO XIV:
«Creemos que el hombre, al caer como consecuencia de la transgresión ancestral, se ha vuelto comparable y similar a las bestias; es decir, que se ha deshecho por completo y ha caído de su perfección e impasibilidad, pero sin perder la naturaleza y el poder que había recibido del supremamente buen Dios. De lo contrario, no sería racional y, por consiguiente, no sería humano. Por lo tanto, sigue teniendo la misma naturaleza en la que fue creado, y el mismo poder de su naturaleza, es decir, el libre albedrío, vivo y operante, de modo que es por naturaleza capaz de elegir y hacer lo que es bueno, y de evitar y odiar lo que es malo. Pues es absurdo decir que la naturaleza que fue creada buena por Aquel que es supremamente bueno carece del poder de hacer el bien ya que esto sería hacer que esa naturaleza fuera incapaz de hacer el bien. Eso sería hacer que esa naturaleza fuera mala, y ¿qué podría ser más impío que eso? Porque el poder de obrar depende de la naturaleza, y la naturaleza de su autor, aunque de manera diferente. Además, que el hombre es capaz por naturaleza de hacer lo que es bueno lo da a entender el mismo Señor diciendo que incluso los gentiles aman a los que los aman. (Mateo 5:46; Lucas 6:32) Pero esto es enseñado muy claramente por Pablo también, en Rom 2:14 y en otros lugares expresamente, diciendo en tantas palabras, “Los gentiles que no tienen Ley hacen por naturaleza las cosas de la Ley”. De lo cual se desprende también que el bien que un hombre puede hacer no puede ser verdaderamente pecado. Pues es imposible que lo que es bueno sea malo. Aunque, siendo hecho sólo por naturaleza y tendiendo a formar el carácter natural del que lo hace, pero no el espiritual, no contribuye por sí mismo a la salvación sin la fe, ni lleva a la condenación, pues no es posible que el bien, como tal, pueda ser causa del mal. Pero en el regenerado, lo que se realiza por la gracia y con la gracia, perfecciona al hacedor y lo hace digno de la salvación.»
«El hombre, por tanto, antes de ser regenerado, es capaz, por naturaleza, de inclinarse al bien, y de elegir y obrar el bien moral. Sin embargo, para que el regenerado haga el bien espiritual -pues las obras del creyente, que contribuyen a la salvación y son realizadas por la gracia sobrenatural, se llaman propiamente espirituales- es necesario que sea guiado y prevenido por la gracia, como se ha dicho al tratar de la predestinación. Por consiguiente, no es capaz por sí mismo de realizar ninguna obra digna de una vida cristiana, aunque tiene en su poder el querer o no querer cooperar con la gracia.» (Véase: https://insitumverbum.medium.com/confesi%C3%B3n-de-dositeo-ii-de-jerusal%C3%A9n-7ddaf3200abd)
¿Cuál es la conclusión lógica de todo esto? Dios no ha predestinado arbitrariamente a nadie para salvación o condenación. El hombre posee libre albedrío. Y aunque, como afirmara Arminio «En este estado [tras la Caída] el libre albedrío del hombre hacia el verdadero bien no solo está herido, tullido, enfermo, deformado y debilitado, sino también encarcelado, destruido, y perdido», también es cierto que, a través de la gracia previniente, el hombre puede venir a Cristo y elegirlo o rechazarlo. Todos son llamados, todos pueden venir libremente a Él y ser salvos si así lo desean.

Así pues, la Confesión de Dositeo concuerda en este aspecto con la teología arminiana; pero va un paso más adelante, ya que afirma, en términos inequívocos, que el calvinismo, para la Ortodoxia, es una herejía. El Sínodo de Jerusalén rechazó de forma contundente la teología Reformada, repudiando el corazón mismo de la soteriología calvinista a través de su rechazo de la doble predestinación, la elección incondicional, y por su afirmación del libre albedrío humano después de la Caída junto con la comprensión sinérgica de la salvación, todo lo cual consta en el Decreto 3 de la Confesión de Dositeo.
¿Por qué muchos hoy no tienen el valor de llamar las cosas como son? Porque, en el mejor espíritu ecuménico y por temor a que decir la verdad sea visto como fanatismo, muchos hoy han suavizado la utilización del término «herejía», reservándolo para desviaciones doctrinales según ellos “más extremas.” Los defensores de la herejía se han vuelto respetables, y nadie quiere ofenderlos. Pero los primeros cristianos no pensaban de esa manera.
En su obra Contra las herejías, Ireneo define la herejía como la corrupción de la enseñanza apostólica, argumentando que los herejes «tergiversan las Escrituras» para justificar doctrinas erróneas que no se alinean con la verdad recibida a través de Cristo y sus apóstoles.[1] La doctrina de la expiación limitada claramente tergiversa las Escrituras y es, por tanto, una herejía. Tertuliano sin duda también estaría de acuerdo. Tertuliano creía la herejía es una violación de la regula fidei (regla de la fe), es decir, el conjunto de enseñanzas doctrinales transmitidas por los apóstoles.[2]
Si, como hemos visto, la doctrina de la expiación lmitada (1) es antibíblica; (2) es cruel e injusta y (3) es diabólica en sus consecuencias. ¿Por qué no tener le valor de llamarla herejía? No solo es una corrupción de la enseñanza apostólica, sino una violación de la regula fidei. Quizá la expiación limitada no sea una herejía que ataque las verdades esenciales del cristianismo y quizá no sea vista como una amenaza directa a la ortodoxia en el sentido clásico, pero que sigue siendo una herejía soteriológica.

BIBLIOGRAFIA Y REFERENCIAS:
[1] Ireneo de Lyon. (1885). Against Heresies (Book I). In The Ante-Nicene Fathers (Vol. 1, pp. 315-579). T&T Clark.
[2] Tertuliano. (1936). De praescriptione haereticorum. In Patrologia Latina (Vol. 2, p. 47).