Teología, Teología del Pacto

El Pacto Evangélico de Misericordia (el pacto de redención y el pacto de gracia)

𝙋𝙤𝙧 𝙁𝙚𝙧𝙣𝙖𝙣𝙙𝙤 𝙀. 𝘼𝙡𝙫𝙖𝙧𝙖𝙙𝙤

En el principio. Dios estableció un pacto con el hombre. Las partes de este pacto fueron Dios y Adán. La promesa del pacto era la vida. La condición era la obediencia perfecta de Adán, y la penalidad ante el fracaso era la muerte. Adán fracasó en el cumplimiento del pacto de obras, por lo que Él, en su calidad de cabeza federal de la humanidad, trajo para sí y para su descendencia, la condena de exclusión y muerte eterna. Para salvar al hombre del castigo debido a su desobediencia, un segundo pacto hecho desde la eternidad entró en efecto, llamado el pacto de gracia.

El pacto de gracia fue hecho con Cristo como segundo Adán, y en Él con todos aquellos que, por medio de la fe, llegasen a ser su simiente. Con respecto a las partes en el pacto de gracia, Dios el Padre actúa como representante de la Trinidad, y Cristo en representación de los redimidos. Se distinguen, además, dos elementos implícitos en dicho pacto, a saber, el pacto de redención (pactum salutis) entre el Padre y el Hijo, y, en base a esto, el pacto de gracia entre el Dios trino y los pecadores por Él redimidos. Pese a esta distinción (entre el pacto de redención y el pacto de gracia), no se debe suponer que haya dos pactos separados e independientes antitéticos con el pacto de las obras. El pacto de gracia y redención son dos modos o fases de un pacto evangélico de misericordia.

Mirado desde el lado divino se habla del pacto de redención. Las partes, bajo este aspecto, son Dios y Cristo; la condición es la perfecta obediencia del Hijo hasta el sufrimiento ante la pena impuesta al hombre por su desobediencia: la muerte; y la promesa es la salvación de todos los creyentes. En el lado humano, las partes son Dios y el creyente; la promesa es la vida eterna; y la condición de fe en Jesucristo es la única «obra» requerida del creyente (Juan 6:29).

El lado divino es eterno, esto es, desde la eternidad, y el segundo (el humano), temporal en el sentido de que se realiza en el tiempo. El primero es un pacto entre el Padre y el Hijo como Fiador y Cabeza de los redimidos, mientras que el segundo es un pacto entre el Dios trino y el pecador elegido en el Fiador.

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En su propósito eterno de redimir y salvar a la humanidad, el Dios el Padre convocó un ‘Consejo Eterno de Redención’ con los otros miembros de la Santísima Trinidad. En dicho Consejo se decretó que, en la redención del hombre, Dios actuaría en trinidad Hubo una transacción interpersonal entre las tres personas de la Deidad, en relación al diseño y propósito de salvar a aquellos que serían “elegidos según la presciencia de Dios Padre en santificación del Espíritu, para obedecer y ser rociados con la sangre de Jesucristo”. Cada persona de la Deidad asumió diferentes responsabilidades en el cumplimiento del propósito redentor.

Hubo un acuerdo eterno entre las distintas personas de la Deidad en el cual el Padre en representación de la Deidad ofendida, escogió según su presciencia, un pueblo para otorgárselo al Hijo. El Hijo por su parte, acepta esta comisión, y al momento señalado viene al mundo para lograr la redención de estos. El Espíritu Santo, asume la responsabilidad de aplicar todos los beneficios de esa redención lograda en el momento preciso a todos aquellos que el Hijo redimió. Los trae a través de la fe, los une a Cristo y le aplica todos los beneficios alcanzados por la muerte y sacrificio de Cristo. La realidad de dicho Consejo Eterno de Redención se evidencia en textos como Apocalipsis 13:8 y 1 Pedro 1:18-20 los cuales demuestran que Dios el Hijo fue ordenado desde la eternidad para la obra que hizo. Esto también queda en evidencia a través de pasajes como Juan 6:36, Juan 10:11-18 17:1-4, 17:24, en donde Cristo habla de una previa comisión recibida del Padre y a la cual él estaba obligado. Así pues, el consejo de redención es el fundamento firme y eterno del pacto de gracia. Si no hubiera existido ningún consejo eterno entre el Padre y el Hijo, no podría haber existido acuerdo entre el Dios trino y los seres humanos pecadores.

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¿Cuáles fueron las condiciones y términos del Pacto de Redención? En su soberano decreto, el Padre exigía que el Hijo asumiera nuestra naturaleza, entrara en el tiempo con esa naturaleza, la asumiera en un estado humillado (Salmo 40:6-8), y así se convirtiese en fiador para aquellas personas que, en su presciencia, el Padre sabía que creerían.

Aunque como Persona divina el Hijo estaba por encima de la ley, el Pacto exigía que se colocara en su naturaleza asumida bajo la ley (Gálatas 4:4), es decir, no sólo bajo la relación natural en la que se encuentra el hombre con Dios, sino bajo la relación del pacto de obras, de manera que mediante la obediencia activa pudiera hacerse acreedor de la vida eterna. Considerada bajo este prisma, la obra de Cristo fue un cumplimiento de lo que Adán no cumplió, una realización de la exigencia del pacto de obras (1 Corintios 15:45, 49). Al mismo tiempo, en su naturaleza humana, el Hijo pagaría la pena por la culpa que había recaído sobre los creyentes al transgredir la ley de Dios, proporcionando así una obediencia pasiva además de la obediencia activa (Gálatas 3:13-14; Colosenses 2:14-15). Cristo, después de haber obtenido la vida para los suyos, aplicaría eficazmente sus méritos a ellos regenerándolos, llevándolos al arrepentimiento, produciendo fe en ellos, todo ello por la influencia efectiva del Espíritu Santo (Isaías 53:10-12).

Bajo el mismo Pacto Dios pondría a disposición del Hijo todo lo necesario para la asunción de la naturaleza humana. A Dios el Hijo se le prepararía un cuerpo (Hebreos 10:5-7, Salmo 40:6-8); sería ungido con el Espíritu sin medida (Hechos 10:38; Isaías 61:1); sería sostenido y consolado (Isaías 42:6; 49:8), y Satanás sería aplastado bajo sus pies (Génesis 3:15; Efesios 1:19-23). Al Hijo se le prometió que, incluso habiendo entrado en las profundidades de la muerte, no permanecería allí, sino que se levantaría exaltado a la diestra del Padre y recibiría todo el poder en el cielo y en la tierra (Salmo 16:10; Hechos 2:27; Filipenses 2:6-11). A través de su exaltación y en su ascensión, cuando trajo su sacrificio perfecto al santuario celestial, podría enviar al Espíritu Santo en nombre del Padre de una manera especial para la formación de su pueblo (Juan 16:7).
Luego, por la obra de ese Espíritu, todos aquellos a quienes el Padre le había dado, también acudirían a Él (Juan 6:44; Hechos 2:47). Y así, por medio de toda esta maravillosa disposición, en Él y por medio de Él tendría lugar la revelación más elevada de las virtudes más gloriosas del Dios trino.

Entendido de esta forma, el Pacto de Redención otorga eficacia al Pacto de Gracia, porque en este se proveen los medios para el establecimiento y la ejecución del segundo. Es solo mediante la fe que el pecador puede obtener las bendiciones del pacto. El Espíritu Santo, que produce fe en el pecador, fue prometido a Cristo por el Padre, y la aceptación de la forma de vida por medio de la fe fue garantizada por Cristo.

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A través del Antiguo Testamento hubo sucesivas proclamaciones de este pacto. Encontramos una muestra de éste en el proto-evangelio de Génesis 3:15. Algunas de sus disposiciones fueron reveladas a Noé más tarde (Génesis 9). Luego fue establecido con Abraham (Génesis 12) y con sus descendientes después de él, llegando de este modo a constituir un pacto nacional. Aunque en el Nuevo Testamento se describe este pacto como nuevo, pasajes tales como Romanos 4 y Gálatas 3 muestran que esencialmente es el mismo bajo el que vivieron los creyentes en el Antiguo Testamento. La salvación era por gracia y no por méritos, porque los sacrificios del Antiguo Testamento prefiguraban la muerte expiatoria de Cristo. Pero el mismo pacto, se describe como un mejor pacto bajo la dispensación del Nuevo Testamento, porque ahora no es administrado por Moisés, un siervo, sino por Cristo el Hijo (Hebreos 3:5, 6).

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El pacto de gracia tiene su fundamento en aquella transacción federal y eterna que hubo entre el Padre y el Hijo acerca de la redención del hombre, “según nos escogió en él antes de la fundación del mundo, para que fuésemos santos y sin mancha delante de él, en amor habiéndonos predestinado para ser adoptados hijos suyos por medio de Jesucristo, según el puro afecto de su voluntad, para alabanza de la gloria de su gracia, con la cual nos hizo aceptos en el Amado.” (Efesios 1:4-6). En su presciencia, Él nos escogió “desde el principio para salvación, mediante la santificación por el Espíritu y la fe en la verdad.” (1 Tesalonicenses 2:13).

El Señor dispuso nuestra salvación desde la eternidad, y para eso cada persona del Dios Trino asumió una tarea: El Padre envía, el Hijo obedece y cumple, y el Espíritu aplica la obra de redención. Todo esto de tal manera que la salvación es una obra del Dios Trino, y por cada parte de esa obra se debe dar toda gloria a Dios. Así pues, el pacto de redención puede definirse como el acuerdo entre el Padre, ofreciendo al Hijo como Cabeza y Redentor de una nueva humanidad escogida en Él, y el Hijo, voluntariamente asumiendo el lugar de aquellos. Esto se resume en la siguiente verdad: Dios pudo hacer un pacto de gracia “con” nosotros porque Cristo pudo cumplir el pacto de obras “por” nosotros.

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